El tipo legal de interés de demora, al 8%
Ene.27, 2010 en
Actualidad, Cobros y recobros, Impagos, Noticias Morosidad España
El Ministerio de Economía y Hacienda ha situado en el 8% el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre de 2010.
Fuente: BOE
Este tipo legal se calcula añadiendo siete puntos porcentuales al tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo en la última operación principal de financiación efectuada en el semestre vencido.
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